Fiscalidad en el siglo XVI

 

Entre los muchos trabajos elaborados acerca de la fiscalidad y de su impacto en la vida de los reinos hispánicos en el comienzo de la modernidad y globalización de Europa mediante el imperio español, deseamos presentar una importante obra de conjunto que resume muy bien la cuestión.

El profesor Carlos Laliena, de la Universidad de Zaragoza ha coordinado un amplio grupo de investigadores medievalistas, modernistas y de historia económica de diversas procedencias, tanto de España como de otros países, con motivo del sincero homenaje al maestro José Ángel Sesma Muñoz.

Recordemos que sigue siendo llamativo a los ojos de los historiadores que, en el siglo XVI, tanto con Carlos V como con Felipe II, las Cortes de los reinos y los Cabildos de las ciudades, se negaran con extrema vehemencia a seguir poniendo más dinero y, consecuentemente, enviando más impuestos para la libre disposición de la corona con el fin de mantener en pie el vasto imperio español, aunque finalmente terminaran por concederlos,

Lógicamente, en la mente de nuestros antepasados se había producido y realizado muestras solidas de una real y solida legitimidad para llevar a cabo esa fiscalidad, autoridad, sentido y ventajas para sus propias tierras: “la fiscalidad estatal tenía que producir normas, convicción y verdad, todo ello apoyado en discursos públicos para reforzar la legitimidad y evitar en lo posible el conflicto, porque legitimidad y conflicto son dos caras de la misma moneda” (11).

Un ejemplo de esos antecedentes mentales sería, por ejemplo, los diezmos que cobraban las autoridades locales y luego pasaron a hacerlo las diócesis del norte de España en el siglo XII, puesto que venían avaladas e impulsadas por “una supuesta ley divina que algunos canonistas inspirados por los reformadores gregorianos se encargaron de difundir” (53).

Es más, en el IV concilio de Letrán de 1215, ya se establecía como doctrina oficial y sólidamente asentada: “la obligación de todo cristiano y señal de su pertenencia a la Iglesia abonar sin fraude de la producción en bruto los diezmos bajo severa pena de excomunión” (61).

Para conocer antecedentes, basta con leer lo que nos recuerda Carlos Laliena al comienzo de su disertación que “hay un acuerdo general, sustentado en la magna obra de Thomas Bisson, sobre el severo endeudamiento contraído por la monarquía durante la primera década del Doscientos, que indujo al rey a adoptar como medidas drásticas los citados impuestos del bovaje y monedaje. Ambos gravitaban sobre el patrimonio de familias campesinas, pero de diferente manera, a pesar de que guardaban un estrecho parentesco”. Es interesante la lectura pormenorizada de este trabajo, pues en su conjunto muestra las claves de cómo fue asentándose la mentalidad fiscal y fiscalizadora

José Carlos Martín de la Hoz

Carlos Laliena (ed), Fisco, legitimidad y conflicto en los reinos hispánicos (siglos XIII-XVII), ediciones Universidad de Zaragoza, Zaragoza 2019, 481 pp.