La cuestión del tormento

 

Una de las cuestiones más repetidas en la leyenda negra contra la Iglesia Católica en los siglos recientes, es la famosa cuestión del uso del tormento en el proceso inquisitorial. Precisamente, hace unos años, recorrió la península ibérica una famosa exposición itinerante compuesta por supuestos artefactos de la tortura inquisitorial.

Esta cuestión forma parte de una leyenda que ya ha sido desautorizada por el catedrático de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid, el famoso profesor Francisco Tomas y Valiente, Presidente del Tribunal Constitucional (1986-1992), quien murió a manos de ETA en 1996.

Desde la primera edición del tratado sobre la “tortura judicial en España” (1973) del profesor Tomás y Valiente, los interesados en la materia han seguido indagando en las coordenadas histórico jurídicas por la que semejante atrocidad fue llevada a cabo como parte habitual del derecho procesal en el derecho civil en el siglo XVI y continuaría hasta el Código de derecho civil.

El propio Tomás y Valiente recordaba en su tratado que el Tribunal Inquisitorial fue el primero en España que ponía límites a la tortura de modo que, en la práctica, provocó que apenas se utilizara en esas causas e influyó contundentemente en la desaparición de su uso en los tribunales civiles.

De hecho, para utilizarla en el proceso inquisitorial, debía pedirse permiso a la Suprema Inquisición, quien recordaba que debía estar presente el obispo o un legado suyo, un notario y un médico. Solo podía aplicarse sin lesión física ni psíquica del reo, y, además, debía darse el texto de la declaración, una vez recuperado para que firmase o no. Además, no podía reiterarse más veces dentro del mismo procedimiento.

Recodando la exposición aludida, en realidad el único instrumento que se usó, y pocas veces, fue el embudo que aplicado a la garganta producía tal sensación de ahogamiento que el reo declaraba lo que fuera necesario. Por tanto, llevar un embudo era tan poco contundente que añadieron los expositores los instrumentos propios del derecho civil.

Tomás y Valiente partíae del famoso “Tractatus et quaestionibus et tormentis” atribuido al maestro Baldo de Ubaldis (Perugia 1327-Pavía 1400), afamado jurista, profesor en Bolonia, Pisa y Perugia, discípulo de Bartolo de Sassoferrato, hermano de Ángel de Ubaldo y Pedro de Ubaldo. Maestro a su vez de autores como Paulus de Castro y del cardenal Zabarella, Comentador afamado de todos los libros del Corpus Iuris Civilis, del Liber feudorum y de los primeros libros de las Decretales.  

Baldo de Ubaldis recordaba la doctrina tradicional y comentaba que lo más eficaz era el miedo al tormento que sufría el reo y que era suficiente para hacerle confesar, puesto que, como es sabido, la confesión efectuada bajo tormento requería refrendar la declaración bajo tormento de los testigos y del juramento (150r). Respecto al tribunal civil el juez debía aplicar el tormento, con las necesarias medidas humanitarias

José Carlos Martín de la Hoz

Francisco Tomás y Valiente, La tortura judicial en España, Ediciones crítica, Barcelona 2000, 280 pp.