La potestad eclesiástica

 

El maestro Francisco de Vitoria, famoso fundador de la renovación teológica del siglo XVI en España y, a través de sus alumnos, en el mundo entero, abordó con gran acierto el tema del poder eclesiástico.

Lo realizó en el marco de las relecciones teológicas que debía impartir en la Facultad de teología de la Universidad de Salamanca como discurso dirigido al claustro salmantino y a todos los alumnos de las diversas facultades, donde escogió este apasionante tema de la potestad eclesiástica y civil y la comparación entre ambas.

Así pues, en los años 1533 y 1537, nuestro maestro debatió y profundizó acerca del origen, del contenido y del alcance del poder de la Iglesia y de su hábil y característica comparación y confrontación con el poder civil, toda la cuestión debía comenzar por la fundamentación del propio poder.

Comenzaba su exposición recordando que la potestad eclesiástica se suele dividir en dos facetas, la potestad de orden y la de jurisdicción. “la de orden tiene por objeto el verdadero cuerpo de Cristo, esto es la Eucaristía. La de jurisdicción está en relación con el cuerpo místico de Cristo, es decir, en orden a gobernar al pueblo cristiano para dirigirlo a la bienaventuranza sobrenatural” (p.24).

Lógicamente, después de esta breve y compendiosa definición, que ha captado ya la atención de los asistentes a la Relección teológica, el maestro Vitoria, empezará a entretenerse para saborearla y perfilar más el objeto de ambas, no tanto para distinguirlas que lo ha hecho de un plumazo y con gran acierto, sino para caracterizar con más firmeza cada una de ellas.

Enseguida añadirá que la potestad de orden no se reduce solo a la confección de la eucaristía, pues al estar todos los sacramentos unidos entre sí para otorgar la gracia que significan, entonces todos ellos entrarán en esa definición: “por eso este poder de orden se llama con frecuencia potestad de consagración” (24).

Asimismo, a renglón seguido señalará que: “a la potestad de jurisdicción pertenece el gobierno del pueblo cristiano, fuera de la consagración y administración de sacramentos, como es dar y quitar leyes, excomulgar, dictar justicia fuera del tribunal de la penitencia y cosas parecidas” (24).

La primera conclusión es clara y determinante para los propósitos de nuestro autor que es la sana doctrina, estamos en una facultad de teología, y enseguida, la formación de los alumnos de todas las Facultades, pues estamos en una universidad y abierta al amor a la verdad desde todas las ciencias, así nos dirá repitiendo la conclusión: “que una y otra potestad, es decir, la de orden y la de jurisdicción, tienen un verdadero efecto espiritual” (25). Es decir, para Vitoria y la doctrina católica hay verdadera presencia real de Jesucristo, perdón de los pecados, dolor por la falta de gracia en el excomulgado, etc.

José Carlos Martín de la Hoz

Francisco de Vitoria. El poder de la Iglesia, Relecciones, estudio introductorio y versión de Luis Frayle Delgado, ediciones Tecnos, Madrid 2018, 241 pp.