La usura en el Antiguo Testamento

 

La condena de la usura por parte del magisterio de la Iglesia Católica ha sido constante desde los comienzos de la vida de la Iglesia hasta la actualidad, por la sencilla razón de que cobrar intereses usurarios, será siempre una señal de flagrante injusticia al establecer unas relaciones entre cristianos fuera de la justicia conmutativa y de la caridad cristiana.

La Iglesia, no inventó esta doctrina, sino que la recibió del Antiguo Testamento, del Pueblo judío, que continuaba la tradición que Dios había establecido con el Pueblo escogido, y la había extendido al nuevo pueblo escogido; a todos los cristianos, hijos de Dios en Cristo y hermanos entre nosotros.

Como nos explica el profesor Javier Población, más bien supo dar aire a un nuevo concepto; “el bajo interés” que había ido creciendo en la sociedad europea del siglo XVI, cuando empezó a nacer la globalización del mercado y la libertad comercial estableció nuevos parámetros en la moral económica de los mercaderes.

En ese sentido, la Iglesia frenó la usura puesto que, con el paso de los siglos, la expulsión de los judíos de España y la globalización del mercado, fueron surgiendo nuevas figuras económicas, manteniendo el espíritu cristiano de fondo, incluso el que hubiera diversas confesiones religiosas. Efectivamente, el contrato usurario era radicalmente injusto, inhumano y siempre necesitado de resarcir en justicia y restituir para poder ser absuelto de los pecados. En el fondo pesará para siempre el mandato universal de la caridad y la obligación de superar la tentación para servir a Dios, al país, a la familia en vez de servir al dinero.

El cobro de pequeños intereses en las relaciones entre mercaderes por el “daño emergente, el lucro cesante y la seriedad de las relaciones comerciales”, formalizaron el contenido de un interés que no era usurario, sino que buscaba resarcir y alcanzar la justicia conmutativa.

De hecho aún en el día de hoy, es una práctica comercial común perfectamente lícita el cobre de ese esa tasa de interés y, en cambio está considerado ilícito e indigno los altos intereses que cobran usurariamente los prestamistas ilegales.  De hecho, el catecismo de la Iglesia católica recuerda que “los traficantes cuyas prácticas usurarias y mercantiles provocan el hambre y la muerte de sus hermanos los hombres, cometen indirectamente un homicidio. Este les es imputable” (n. 2.269).

Es interesante que tanto san Juan Pablo II, como Benedicto XVI hayan hecho referencia en las crisis económicas que hemos vivido al problema de la usura, pues en las crisis siempre reaparece la figura del préstamo usurario que esclaviza y humilla al que lo solicita, a aquellos que se aprovechan a menudo de una trágica condición. Así pues, este trabajo nos recuerda el error intelectual de quienes que confunden el lícito interés en los contratos y cambios de moneda con la abominable práctica de la usura.

José Carlos Martín de la Hoz

Javier Población, La Iglesia frenó la usura. Eclosión y ocaso de Montes de Piedad y Cajas de Ahorro, Digital Reasons, Madrid 2018, 170 pp.