Rousseau y la religión

 

Como dice el viejo adagio romano “scripsit manet” y, por tanto, no hay mejor modo de conocer lo que realmente piensa un autor que leer detenidamente sus obras, compararlas con las de sus contemporáneos, para calibrar con cierta hondura no solo la calidad del pensamiento sino también las posibles novedades y su influencia. Entre los autores que más han influido desde la ilustración francesa hasta nuestros días en el mundo intelectual y en campos tan importantes como la organización social, política e incluso en el establecimiento de los fundamentos de la pedagogía y la educación moderna está Juan Jacobo Rousseau (1712-1778).

Una de las cuestiones que hay que tener en cuenta en la lectura de sus obras es el punto de desequilibrio al que todos sus contemporáneos aluden, no solo por las excentricidades a la hora de vestir, hablar y en la educación de los hijos y en la organización de la familia, sino sobre todo en el modo de compartir sus ideas. Son célebres sus eternas discusiones y grandes desencuentros con sus amigos como David Hume hasta el otro extremo que sería Diderot. Todo esto hay que tenerlo en cuenta para conocer el fondo religioso de este autor y cómo influyeron sus concepciones religiosas en sus opiniones acerca de la organización y de la educación resulta claves. Es llamativo sus idas y venidas del catolicismo al protestantismo, para terminar en una religión civil o a la carta.

La realidad de su pensamiento religioso está señalada en el Tratado del contrato social, en el libro IV, donde en primer lugar establece que la religión es algo creado por el hombre: “la paz, la unión, la igualdad, son enemigos de las sutilezas políticas. Los hombres rectos y sencillos son difíciles de engañar debido a su sencillez; las añagazas, los pretextos refinados no se imponen a ellos; no son siquiera lo bastante sutiles para ser víctimas de engaños” (libro IV, cap. 1, p. 153). En el capítulo que denomina religión civil, expresa lo que entiende por religión y como esta religión, reinventada por los hombres, debe estar sometida al poder civil, como Hobbes había ya delineado y como terminará por ser si se desea que no se rompa la sociedad (Cfr.lib. IV, cap. 8, p. 189).

Rousseau terminará por afirmar: “me equivoco al decir una república cristiana; cada una de estas dos palabras excluye a la otra. El cristianismo no predica más que servidumbre y dependencia. Su espíritu es demasiado favorable a la tiranía para que ésta no lo aproveche siempre. Los verdaderos cristianos están hechos para ser esclavos; lo saben y no se conmueven apenas por ello; esta breve vida tiene poco valor a sus ojos” (lib. IV, cap. 8, p. 194). Y, poco después, añadirá para dejar claro a qué religión se refiere: “importa mucho al Estado que cada ciudadano tenga una religión que le haga amar sus deberes, pero los dogmas de esta religión no interesan ni al Estado ni a sus miembros sino en tanto que esos dogmas se refieren a la moral y a los deberes que quien la profesa está obligado a cumplir para con otro. (…), para el estado no es asunto suyo, con tal de que sean buenos ciudadanos aquí abajo” (Lib. IV, cap. 8, p.185).

José Carlos Martín de la Hoz

Jean-Jacques Rousseau, Del contrato social, ediciones Alianza editorial, Madrid 2019, 225 pp.