Usura e interés

 

El profesor Bartolomé Clavero (1945), catedrático de filosofía del derecho de la Universidad de Sevilla lleva toda una vida estudiando los principios de ética económica de la Escuela de Salamanca y su fiel reflejo en los tratados de cambios dirigidos a los mercaderes y a los confesores que se publicaron en lengua castellana en aquellos años de la edad moderna. Es, asimismo interesante comprobar, cómo las ideas y aportaciones fundamentales de la vida académica e investigadora del ilustre profesor Clavero ya estaban, como en embrión, en sus primeros artículos y se fueron desarrollando, poco a poco, con el paso de los años.

En concreto, deseamos detenernos, aunque sea brevemente, en uno de sus primeros artículos de investigación donde ya aportaba una fina distinción entre “usura y bajo interés en la vida económica”, es decir, una de las claves para entender la ética económica y la moralidad del siglo XVI y motor de un nuevo mundo económico globalizado.

Es claro que todo brota de la fuente de la justicia: “Saravia que tiene mejor formación canonista que Villalón y más segura que la de Alcalá, entra en la materia de los principios por un tercio diverso que le permitirá un planteamiento más comprensivo desde sus propias definiciones básicas; su primer capítulo se dedica a la justicia conmutativa en las conmutaciones y tratos humanos (…).  La justicia conmutativa consiste en la igualdad de cosa y cosa (…). El engaño es pecado, sencillamente “porque no consiste en igualdad” (53).

La condena del simple beneficio económico, es decir; pretender ganancia, queda mejor fundada. Es interesante que Villalón hable de “fiar” y de “prestar” como traducciones literales del término latino “mutuum” que es completamente distinto del de usura, y porque tiene que ver con los que venden. Nos dice Clavero que Tomás de Mercado en la segunda edición de su tratado subraya también la idea de una justicia conmutativa, que recoge la idea de la equidad y en esa misma dirección iría el bajo interés, pero suficiente, para recuperar equilibrio “en las operaciones mercantiles y financieras” (56).

Nuestro autor trae a colación una frase interesante tomadas de los Fueros de Aragón, que nos habla de la desconfianza de los gobernantes acerca de la vida, actividad e intención de los mercaderes: “Otro si, para remediar cuanto sea posible que no se hagan contratos usurarios, ni otros que con cautela se hacen en vez de usura” (Fueros de Aragón, 9.XII.1585).

De hecho, nos recuerda Clavero, que el término “interés” completamente distinto de “usura” en el siglo XVI se va imponiendo poco a poco, para explicar una realidad distinta a la usura, aunque en los diversos autores aparece y desaparece, como si estuvieran buscando un término que plasmase esta realidad. Así se utilizan en diversos contextos binomios: “interés o recompensación”; “interés o ganancia” (59) e “Interés o satisfacción” (60).

José Carlos Martín de la Hoz

Bartolomé Clavero, “Interesse” traducción e incidencia de un concepto en la Castilla del siglo XVI, en Anuario de Historia del derecho español, 49 (1979) 39-98.