El sacerdocio común

 

En la historia de la Iglesia hay muchos hechos providenciales que dan mucho que pensar. Uno de ellos es la historia del sacerdocio común de los fieles o sacerdocio regio, en cuanto que, como dice el texto de san Pedro, todos los cristianos somos sacerdotes, reyes y profetas, pues participamos de su reinado, sacerdocio y de su don de profecía.

En el siglo XVI se escribió muchos por autores de la Escuela de Salamanca sobre esta materia e incluso estaba previsto que pudiera abordarse la cuestión en el Concilio de Trento como parte de la renovación teológica de la Iglesia en un momento clave como la ruptura de la unidad de la fe por Lutero.

Asimismo, es interesante recordar que en 1870 cuando se estaba celebrando el Concilio Vaticano I y ya se habían proclamado las dos grandes constituciones dogmáticas, sobre la infalibilidad pontificia y sobre la posibilidad real de llegar al conocimiento de la existencia de Dios a través de la razón, uno de los temas siguientes que estaban preparados para abordar era la recuperación y rejuvenecimiento de la doctrina católica del sacerdocio común de los fieles.

En efecto, es el Concilio Vaticano II, en el marco del decreto sobre el sacerdocio, una de las joyas de la literatura del Concilio: la declaración presbyterorum ordinis, se desarrolla la existencia del sacerdocio ministerial en la Iglesia católica, distinto esencialmente y no sólo de grado del sacerdocio común del que gozan todos los fieles cristianos.

Así pues, todos los bautizados, al estar incorporados a Cristo y ser hijos en el Hijo, participamos del sacerdocio de Cristo, pues todos los cristianos somos mediadores entre Dios y los hombres; podemos llevar a Dios las necesidades y dolores de nuestros conciudadanos y podemos, como parte de la familia de Dios, llevar a cada alma, capilarmente el calor del amor de Dios.

Es interesante que Francisco de Vitoria, en el marco de sus famosas Relecciones teológicas pronunciadas delante del claustro salmantino y los alumnos de todas las facultades universitarias, al abordar la materia del poder civil y el poder eclesiástico (1531-1537), y de sus relaciones, haya querido referirse a esta cuestión.

De hecho, comienza por referirse al concepto de sacerdocio común de Lutero y de sus seguidores, cuando afirmaba que no existía el sacerdocio ministerial y que un niño o una mujer podría absolver los pecados (132). Enseguida establecerá la diferencia tradicional de la Iglesia entre sacerdocio común y sacerdocio ministerial que se ha vivido siempre en el cristianismo: “ni todos los cristianos son sacerdotes, ni todos iguales, sino que hay jerarquía en la Iglesia y diversos grados en la potestad eclesiástica” (133). Así pues, el sacerdocio ministerial proviene de Jesucristo que lo entregó a los apóstoles y estos, mediante la ordenación episcopal lo entregaron a los presbíteros. El oficio y el beneficio proceden de lo alto y a Dios se dará cuenta rendida.

José Carlos Martín de la Hoz

Francisco de Vitoria. El poder de la Iglesia, Relecciones, estudio introductorio y versión de Luis Frayle Delgado, ediciones Tecnos, Madrid 2018, 241 pp.