Francisco de Vitoria y el comercio

 

Resulta de un gran interés y actualidad el estudio de los teólogos escolásticos españoles del siglo XVI para la historia de la economía, pues en aquella época estaban unidas la teología moral, el derecho y las relaciones económicas, por lo que la lectura de estos autores aporta luces para avanzar en el conocimiento de las relaciones humanas.

Como es claro la economía es una ciencia que se apoya en las relaciones humanas y en la confianza mutua para trazar intercambios. De hecho, en los tratados sobre la usura que se escribieron en aquella época, así como en los apartados correspondientes de los manuales de confesores sobre la virtud de la justicia hay elementos de gran interés.  

Así pues es importante volver nuestra mirada al significado del término usura en las obras de Francisco de Vitoria, Martín de Azpílcueta, Covarrubias o Domingo de Soto, como otros muchos que tenían de común el haber leído directamente a Santo Tomás de Aquino o a los moralistas que partían de esa doctrina que ya había pasado al acervo común.

Una primera respuesta a la pregunta sobre la usura sería que no existe tal, si se puede justificar el valor del interés que se cobra, que algunos cifraron en un 5%, pero que los escolásticos fijaban en cada caso por el estudio de las razones, es decir, por el riesgo, por el tiempo, por el esfuerzo, etc.

De ese modo, se puede afirmar que en realidad los moralistas escolásticos del siglo XVI, en la llamada Escuela de Salamanca de moral económica, nunca llegaron a abolir la condena de la usura, sino que condenaron el fraude o robo; el enriquecimiento injusto.

De hecho, el término usurero no deja de sonar mal, de tenerse un mal concepto, pues se considera un robo injustificado cobrar un elevado interés por el crédito sin que esté justificado, aprovechándose de las dificultades. Así pues, se entiende por usura todo préstamo o comercio mercantil que sea del todo determinado por el común sentir de los hombres como pedir o exigir entre ciudadanos un precio injusto o abusivo.

Es interesante caer en la cuenta, que en Castilla durante muchos siglos, y esto ha llegado casi hasta la actualidad, se cerraban acuerdos con un apretón de manos, pues así era la confianza entre las personas, que se fiaban de la palabra dada, por la honradez de cristianos.

Asimismo, es importante recordar la lectura de la Suma Teológica, en la II-II q.77, a.1, ad 1, que afirma sobre los contratos: “La ley divina no deja impune nada que sea contrario a la virtud”. Estamos hablando de honradez y de no engañar fraudulentamente, pues Dios lee los corazones humanos, y lo importante para aquellos hombres no eran las riquezas sino la salvación.

Enseguida, añade santo Tomás en aquel lugar, la necesidad de ser respetuosos y honrados, pues el precio justo en muchas ocasiones no está determinado. Por ejemplo, comentaba Melchor de Soria, en su famoso “Tratado sobre la conveniencia de la tasa del pan”, que los agricultores de Castilla sabían que había años de cosechas buenas, otros años de cosechas malas y otros de cosechas regulares, por lo que establecían de común acuerdo el precio mínimo que abarcase los ciclos de la tierra y de las cosechas y de ese modo se pudiera prever más o menos la justicia de los acuerdos.

Finalmente, Santo Tomás resumirá brevemente cómo puede ser lícito cobrar una cantidad mayor: “En efecto, si una persona compra una cosa no para venderla, sino para conservarla, y después, por algún motivo, quiere venderla, no hay comercio, aunque la venda a mayor precio. Esto puede hacerlo lícitamente, ya porque hubiera mejorado la cosa en algo, ya porque el precio de ésta haya variado según la diferencia de lugar o de tiempo, ya por el peligro al que se expone al trasladarla de un lugar a otro o al hacer que sea transportada. En estos supuestos, ni la compra ni la venta son injustas” (II-II, a.4, ad.2).

Así pues, la mercaduría es muy importante para el bien común, el propio sostenimiento y el de la familia, y por tanto, puede y debe ser lícita su acción, pero siempre bajo la mirada atenta de buscar “El reino de Dios y su justicia y todo lo demás se os dará por añadidura” (Mt 6,33).

José Carlos Martín de la Hoz

Abelardo de Vigo Gutiérrez, El comercio y los comerciantes. Martín Lutero, Francisco de Vitoria y Domingo de Soto, en Cuadernos Salmantinos de Filosofía, 30 (2003), pp. 615-628.